IV Simposio Internacional "Desafíos del Derecho en el siglo XXI" "IUS XXI"

IV Simposio Internacional "Desafíos del Derecho en el siglo XXI"

IUS XXI

Corrupción, Responsabilidad y Administración Pública. Miradas desde un estudio de casos sobre comiso de vehículos

La corrupción no es ajena a Cuba. La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC/ 2003), prescribe la protección de los derechos adquiridos de buena fe por terceros, con medidas para eliminar las consecuencias de los actos corruptos; pero también la responsabilidad penal, civil o administrativa de la persona jurídica. Mas, del estudio de recientes casos en que el comiso de vehículos por “actos ilícitos” -que, mirados desde la posición de sus propietarios, tienen origen en la falsificación registral, perpetrada por los funcionarios corruptos y en la que no tuvieron participación los afectados- surgen interrogantes: • ¿es correcta la actuación del órgano administrativo cuando procede sólo en ejercicio de su potestad sancionatoria, sin tener en cuenta los daños causados al sujeto pasivo de tal corrupción? • ¿Resulta pleno el ordenamiento jurídico cubano para cumplir las prescripciones de la CNUCC sobre las garantías a los perjudicados por actos corruptos? Así, constituye objetivo de este trabajo: Valorar, a partir de las prescripciones de la CNUCC/2003, las normas jurídicas cubanas sobre responsabilidad de las personas jurídicas, y particularmente de la Administración Pública, en relación con aquellas preventivas y sancionatorias de actos corruptos de sus funcionarios, en pos de su perfeccionamiento en materia de garantías patrimoniales de los perjudicados. Recomendaciones en aras de las garantías patrimoniales del perjudicado y la sistematización teórica, particularmente en materia de responsabilidad de la Administración frente tales actos, constituyen los principales resultados del trabajo elaborado con el empleo de los métodos: teórico, histórico, exegético jurídicos, y estudio de casos.

La corrupción no es ajena a Cuba. La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC/ 2003), prescribe la protección de los derechos adquiridos de buena fe por terceros, con medidas para eliminar las consecuencias de los actos corruptos; pero también la responsabilidad penal, civil o administrativa de la persona jurídica. Mas, del estudio de recientes casos en que el comiso de vehículos por “actos ilícitos” -que, mirados desde la posición de sus propietarios, tienen origen en la falsificación registral, perpetrada por los funcionarios corruptos y en la que no tuvieron participación los afectados- surgen interrogantes: • ¿es correcta la actuación del órgano administrativo cuando procede sólo en ejercicio de su potestad sancionatoria, sin tener en cuenta los daños causados al sujeto pasivo de tal corrupción? • ¿Resulta pleno el ordenamiento jurídico cubano para cumplir las prescripciones de la CNUCC sobre las garantías a los perjudicados por actos corruptos? Así, constituye objetivo de este trabajo: Valorar, a partir de las prescripciones de la CNUCC/2003, las normas jurídicas cubanas sobre responsabilidad de las personas jurídicas, y particularmente de la Administración Pública, en relación con aquellas preventivas y sancionatorias de actos corruptos de sus funcionarios, en pos de su perfeccionamiento en materia de garantías patrimoniales de los perjudicados. Recomendaciones en aras de las garantías patrimoniales del perjudicado y la sistematización teórica, particularmente en materia de responsabilidad de la Administración frente tales actos, constituyen los principales resultados del trabajo elaborado con el empleo de los métodos: teórico, histórico, exegético jurídicos, y estudio de casos.

Sobre el ponente

Nilda Haydeé Rizo Pérez

Nilda Haydeé Rizo Pérez

Universidad de Oriente Flag of Cuba
Información Práctica
Spanish / Español
junio 25, 2019 10:50 a. m.
2 horas 8 minutos
No definido
Autores
Viviana Mercedes Trejo
Nilda Haydeé Rizo Pérez
Palabras clave
administración pública
corrupción
perjudicados
persona jurídica
responsabilidad