4th International Symposium "Legal Challenges on 21st Century"
IUS XXI
Se incorporan en el orden jurídico de la agricultura una serie de leyes especiales, que van dando estructura orgánica a la materia agraria, modificando la estructura y la función, de institutos que eran típicamente civiles, para convertirse en institutos agrarios.
Partiendo de lo anterior, el vigente Código Civil cubano de 1987, de carácter supletorio en disposiciones jurídicas especiales, pero que en relación a la especial normativa que regula la herencia al fallecimiento de un agricultor pequeño en Cuba, a saber, el Decreto Ley 125 de 1991, “Régimen de Propiedad, Posesión y Herencia de un agricultor pequeño fallecido “, dicho cuerpo legal rompe con la normativa que a este tenor prevé la Ley 59, en su Libro Cuarto, Derecho de Sucesiones.
El objetivo del presente trabajo va dirigido a estudiar la normativa en materia sucesoria agraria con especial referencia al tratamiento que concede a los herederos que no poseen el derecho a la adjudicación de la unidad inmobiliaria, a los que se le concede en dicha norma una especial protección jurídica.
Se incorporan en el orden jurídico de la agricultura una serie de leyes especiales, que van dando estructura orgánica a la materia agraria, modificando la estructura y la función, de institutos que eran típicamente civiles, para convertirse en institutos agrarios.
Partiendo de lo anterior, el vigente Código Civil cubano de 1987, de carácter supletorio en disposiciones jurídicas especiales, pero que en relación a la especial normativa que regula la herencia al fallecimiento de un agricultor pequeño en Cuba, a saber, el Decreto Ley 125 de 1991, “Régimen de Propiedad, Posesión y Herencia de un agricultor pequeño fallecido “, dicho cuerpo legal rompe con la normativa que a este tenor prevé la Ley 59, en su Libro Cuarto, Derecho de Sucesiones.
El objetivo del presente trabajo va dirigido a estudiar la normativa en materia sucesoria agraria con especial referencia al tratamiento que concede a los herederos que no poseen el derecho a la adjudicación de la unidad inmobiliaria, a los que se le concede en dicha norma una especial protección jurídica.
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Caridad Mercedes Sánchez Cárdenas